martes, 17 de septiembre de 2013

Paso a paso: Recategorización del Monotributo


De acuerdo con la Resolución General 3529 de AFIP todos aquellos prestadores de servicios que facturen por año hasta $400.000 y los que se dedican a la venta de bienes muebles, con un ingreso anual de hasta $600.000 podrán reempadronarse, de acuerdo a las nuevas escalas y comenzar a pagar desde octubre mucho menos que hasta ahora.

*Aclaración: recomendamos utilizar IE u Opera para evitar problemas de incompatibilidad con otros navegadores.

1. Entrar vía Internet en la página de la AFIPwww.afip.gov.ar

2. Seleccionar ingreso con Clave Fiscal. Si no la tiene, debe acudir a la Agencia de la AFIP más cercana al domicilio, con documento.


3. Marcar Monotributo, aproximadamente en la mitad de las opciones que aparecen en la página.


4. Tildar "Recategorización".

5. Elegir el CUIT en el punto 2

6. Seleccionar "Generar Declaración Jurada"

7. Ingresar monto total facturado en los últimos doce meses.


8. En el caso de prestadores servicios de venta de bienes muebles deberá especificar el monto que paga de alquiler anual, la cantidad de energía eléctrica consumida en el año y el valor unitario del asesoramiento o producto (el más alto).


9. Confirmar y Confirmar nuevamente
10. Imprimir nueva credencial, con los datos de la nueva categoría y el monto a pagar desde octubre de 2013.


Cambio de régimen y el caso de los autónomos

En primer lugar deberá darse de baja en la AFIP, con Clave Fiscal, de la condición de Autónomo y luego ingresar en la opción Monotributo, siguiendo los pasos descritos previamente, pero partiendo de la opción categorización.
En caso de duda, la recomendación es acudir a la agencia de la AFIP más cercana a su domicilio para recibir asesoramiento, o al contador de confianza, o al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

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